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ALANIZ SILVIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su jubilación. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia de primera instancia y ordenó recalcular el haber inicial con diversos criterios de actualización.

Jubilacion Seguridad social Reajuste de haberes Movilidad previsional Servicios autonomos Actualizacion de rentas Aportes mediante planes de facilidades


- Actora: Silvia Alaniz
- Demandado: ANSES
- Objeto: Reajuste del haber jubilatorio
- Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, determinando que:
- Las rentas de referencia por servicios autónomos anteriores a julio de 1994 deben considerar la totalidad de los años aportados, no sólo los últimos 15.
- Las rentas posteriores a julio de 1994 y hasta diciembre de 2001 deben actualizarse conforme la doctrina de los precedentes "D'Este" y "Taborda".
- Las rentas entre 2002 y 2006 deben recalcularse tomando como índice el establecido en el fallo "Badaro".
- A partir de 2007 deben aplicarse los aumentos y pautas de movilidad de las leyes 26.198, 26.417, 27.426 y 27.609.
- Los aportes mediante planes de facilidades de pago no serán actualizados.
- Se diferirá para la etapa de ejecución el análisis de la aplicación de los arts. 9 de la ley 24.463 y 26 de la ley 24.241.
- Se aplicará la tasa pasiva promedio del BCRA.

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