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Incidente Nº 2 - DENUNCIANTE: SCHVARTZ, DARIO Y OTROS IMPUTADO: CIRULNIK, ALBERTO Y OTRO s/INCIDENTE DE EXTINCION DE LA ACCION

Los querellantes recurrieron la decisión que declaró prescripta la acción penal por hechos de abuso sexual contra el imputado. La Cámara de Casación resolvió habilitar la vía para la determinación de la verdad de los hechos denunciados.

Interes superior del nino Prescripcion Tutela judicial efectiva Menores de edad Abuso sexual Determinacion de la verdad


- Actores/Querellantes: Denunciantes de hechos de abuso sexual

¿A quién se demanda?

Alberto Cirulnik

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Denuncias de abuso sexual ocurridos entre 1975 y 2004

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Casación declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por los querellantes, salvo en relación a los hechos ocurridos a partir de la entrada en vigor de la Convención sobre los Derechos del Niño (31/10/1990), respecto de los cuales habilitó una instancia jurisdiccional para la determinación de la verdad, a pesar de la prescripción declarada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los hechos anteriores al 31/10/1990 prescribieron conforme al plazo legal vigente al momento.
- Para los hechos posteriores al 31/10/1990, los derechos de las víctimas menores de edad a la tutela judicial efectiva prevalecen sobre la aplicación de la prescripción.
- Se debe habilitar una instancia jurisdiccional para la determinación de la verdad, aún ante la prescripción, en atención al interés superior del niño.

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