Principal en Tribunal Oral TO01 - QUERELLANTE: LLUCH, CARLOS ALBERTO Y OTROS s/QUERELLA
El querellante interpuso recurso de casación contra la decisión de declarar la incompetencia territorial y ordenar el archivo de la causa.
¿Quién es el actor?
Querellante
- Demandados: Santiago Bosch y otro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Delito de injurias divulgadas vía correo electrónico
¿Qué se resolvió?
El juez de primera instancia declaró su incompetencia territorial y ordenó el archivo de la causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El delito se habría cometido desde una cuenta de correo electrónico de una empresa con domicilio en San Isidro, Provincia de Buenos Aires, y sus efectos se produjeron en Perú.
- La teoría de la ubicuidad, que permite atribuir competencia al lugar de realización de la acción y el lugar de producción del resultado, solo aplica a delitos de acción pública, no a los de acción privada como el presente caso.
- No se acreditó que el correo se haya enviado desde la Ciudad de Buenos Aires, por lo que no correspondería aplicar la regla subsidiaria de competencia del art. 38 CPPN.
- La economía procesal y mejor defensa de los acusados tampoco justificaría mantener la competencia en la justicia nacional, dado que los querellados residen en San Isidro.
- La querella recurrió en casación, impugnando la declaración de incompetencia y el archivo dispuesto.
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