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CORONEL SARLI, ADRIAN ANTONIO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El trabajador demandó por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y estableció que los intereses deben computarse desde la fecha de alta médica.

Accidente de trabajo Intereses moratorios Incapacidad funcional Ibm Reparacion tarifada


¿Quién es el actor?

CORONEL SARLI ADRIAN ANTONIO

¿A quién se demanda?

GALENO ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente de trabajo y reclamo por incapacidad

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que los intereses moratorios deben computarse desde la fecha de alta médica (22/8/16) y no desde la fecha del siniestro (20/6/16). En lo demás, confirmó la sentencia de primera instancia. Fundamentos principales:
- El primer agravio de la demandada sobre la determinación de la incapacidad funcional no es atendible, ya que el dictamen pericial se encuentra científicamente fundado.
- Los agravios sobre el IBM tampoco satisfacen la crítica concreta y razonada.
- Los intereses moratorios deben correr desde la fecha de alta médica, pues durante el período entre el siniestro y el alta el trabajador cobra salarios por incapacidad temporaria, lo que compensa el daño sufrido. Esto es coherente con el régimen sistémico de reparaciones tarifadas de la LRT.

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