TASSI, GUSTAVO ERNESTO c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó el reconocimiento de una incapacidad psicológica derivada de un accidente laboral. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció una incapacidad psicofísica.
Discrepancia respecto al dictamen de la SRT que determinó que no tenía incapacidad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que, a través de un perito médico designado, determinó que el actor padece una incapacidad psicofísica del 22,47% por limitación funcional de la rodilla izquierda y RVAN con manifestación depresiva grado II, en relación causal con el accidente denunciado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la producción de la prueba psicológica fue consentida por la aseguradora demandada, por lo que no puede cuestionar su extemporaneidad. Además, el juez solo puede apartarse del dictamen pericial cuando este presente deficiencias significativas, lo que no ocurre en este caso.
- En cuanto a los intereses, la Cámara confirmó que deben computarse desde la fecha del accidente, en línea con lo dispuesto por el art. 2º de la ley 26.773.
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