AMARO, ALDANA ROMINA GRISEL Y OTRO c/ LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. s/DESPIDO
Trabajadoras demandan despido indirecto por ejercicio abusivo del ius variandi. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la decisión y ordenar el pago de las indemnizaciones correspondientes.
Despido indirecto por ejercicio abusivo del ius variandi al modificar unilateralmente las tareas y el lugar de trabajo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Consideró que el cambio de funciones y lugar de trabajo propuesto por la empleadora implicaba una alteración sustancial de la relación laboral, sin que se hubieran acreditado razones objetivas que lo justificaran.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Las funciones y lugar de trabajo integran la estructura de la relación laboral, por lo que no pueden ser modificados unilateralmente por el empleador, excepto por circunstancias razonables que debe acreditar.
- El cambio propuesto por la demandada (pasar de limpiar oficinas en microcentro a realizar tareas de limpieza en el cementerio, con el doble de tiempo de viaje) configuraba un ejercicio abusivo del ius variandi, al alterar sustancialmente las condiciones de trabajo sin que existieran razones objetivas que lo justificaran.
- La circunstancia de que las trabajadoras hubieran aceptado en el pasado prestar servicios en diferentes destinos no excluye la necesidad de acreditar la razonabilidad del cambio propuesto.
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