Logo

IBAÑEZ VIDAL, RODRIGO MAXIMILIANO c/ MARMICOC ARGENTINA S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda para que se lo encuadre como viajante de comercio. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que rechazó el reclamo por considerar que no se acreditaron los presupuestos de aplicación del Estatuto del Viajante de Comercio.

Despido Comisiones Viajante de comercio Ley 14 546 Cct 308 75 Jefe de ventas

Encuadrar la relación laboral como viajante de comercio para obtener la indemnización prevista en la ley 14.546, cobro de comisiones impagas y aplicación del CCT 308/75.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el reclamo. El tribunal consideró que las pruebas acreditaron que el actor se desempeñó como jefe de ventas, con tareas de coordinación de vendedores y viajes esporádicos al interior, sin que se demostraran los presupuestos para aplicar el régimen del viajante de comercio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Las pruebas testimoniales y contables demostraron que el actor cumplía tareas de jefe de ventas, con vendedores a su cargo, viajando solo 1-2 veces por mes al interior. Esto excluye la posibilidad de encuadrarlo como viajante de comercio, cuya actividad principal debe ser la concertación de ventas fuera del establecimiento en forma habitual.
- El actor no aportó pruebas que acrediten que su actividad principal era la venta en forma personal, habitual y fuera del establecimiento, tal como requiere la ley 14.546 para el viajante de comercio.
- Los testimonios no respaldan la versión del actor sobre tareas de venta directa, sino que dan cuenta de que ejercía funciones de coordinación y supervisión de vendedores.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar