IBARS, NELSON JAVIER c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó por una incapacidad parcial derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y estableció los criterios para el cálculo de los intereses.
Incapacidad parcial derivada de un accidente in itinere ocurrido el 12 de enero de 2020.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que los intereses deben computarse desde la fecha del accidente (12/01/2020) y hasta la liquidación, de acuerdo a la tasa activa del Banco Nación. Sólo en caso de mora, se aplicará lo dispuesto en el art. 770 del Código Civil y Comercial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la jueza de primera instancia se apartó de lo dispuesto en el art. 12 de la Ley 24.557 (modificado por la Ley 27.348) respecto al cálculo de intereses. Estableció que los intereses deben computarse desde la fecha del accidente y hasta la liquidación, de acuerdo a la tasa activa del Banco Nación. Sólo en caso de mora, se aplicará la capitalización de intereses prevista en el Código Civil y Comercial.
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