BALCAZA CARLOS DANIEL c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad física pero confirmando el de incapacidad psíquica.
Accidente in itinere del 2 de diciembre de 2013 con secuelas físicas y psíquicas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad física del 20% al 16% (10% por lesión meniscal y 6% por inestabilidad articular), pero confirmando el 10% por incapacidad psíquica.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Para la incapacidad física, la Cámara consideró que los porcentajes fijados por la perita médica se apartaban parcialmente del baremo previsto en el decreto 659/96, al computar por separado la repercusión funcional de las lesiones meniscales e inestabilidad articular.
- Para la incapacidad psíquica, la Cámara consideró que el dictamen pericial se encontraba debidamente fundado en los exámenes y evaluaciones realizadas sobre el actor.
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