RIOS, LUIS EZEQUIEL c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó por incapacidad física y psicológica derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y aumentó el porcentaje de incapacidad física aplicando correctamente los factores de ponderación.
Incapacidad física y psicológica por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia y aumentó el porcentaje de incapacidad física al 4,65% T.O. por aplicación correcta de los factores de ponderación. Sin embargo, desestimó el reclamo por incapacidad psicológica por no haber sido oportunamente denunciada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La incapacidad psicológica no fue incluida oportunamente en el trámite ante la Comisión Médica, por lo que no puede ser evaluada en esta instancia.
- Respecto a la incapacidad física, la perito cometió un error al calcular el factor edad, debiendo aplicarse un incremento del 0,65% T.O. sobre el 4% inicial.
- Se modifica el monto de condena a $931.443,25 aplicando la incapacidad del 4,65% T.O.
- Se ratifica la imposición de costas a la demandada y se fijan los honorarios de las partes y el perito en primera instancia.
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