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RAMIREZ DIEGO SEBASTIAN c/ TORINO JULIO GABRIEL Y OTRO s/DESPIDO

El actor impugnó la denegación del incremento indemnizatorio por falta de entrega de certificados de trabajo, pero la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia.

Lct Despido Incremento indemnizatorio Extincion de la relacion laboral Certificados de trabajo

Despido

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que denegó el incremento indemnizatorio por falta de entrega de certificados de trabajo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El art. 80 de la LCT establece que la obligación de entrega de los certificados de aportes y servicios nace luego de la extinción del vínculo laboral y con anterioridad a la etapa de conciliación administrativa previa. En este caso, el requerimiento fehaciente de los certificados se hizo al mismo tiempo que la comunicación del despido, por lo que no se cumplió con el requisito formal para proceder al incremento indemnizatorio.

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