SORIA, MATIAS SEBASTIAN c/ LILAH ARGENTINA S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
Demandados apelan rechazo de incidente de nulidad sobre notificación de traslado de demanda. Cámara confirma resolución por extemporaneidad en plantear nulidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
- Sala X, se expide sobre el recurso de apelación interpuesto por los demandados Jorge Martín Urquiza Paz y Lilah Argentina S.R.L. contra la resolución de primera instancia que desestimó el incidente de nulidad articulado sobre la notificación del traslado de la demanda.
El tribunal confirma la resolución recurrida. Indica que en el sistema procesal rige el "principio de convalidación" respecto de las nulidades, establecido en el art. 59 de la Ley Orgánica 18.345, que concede un plazo perentorio de tres días para plantear la nulidad, caso contrario se entiende que el acto procesal está consentido.
Agrega que los demandados denuncian haber tomado conocimiento del vicio el 08/02/2021, pero plantearon el recurso de nulidad el 12/02/2021, lo cual resulta extemporáneo, por lo que corresponde desechar el planteo.
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