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JUAREZ, DELFOR FERNANDO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó prestaciones por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que reconoció el derecho a percibir prestaciones dinerarias.

Intereses Honorarios Incapacidad fisica Accidente de trabajo Peritaje psicologico Prestaciones dinerarias

Prestaciones dinerarias por accidente de trabajo sufrido el 3 de diciembre de 2015

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que reconoció al actor el derecho a percibir prestaciones dinerarias en los términos de la ley 24.557 por las secuelas del accidente. Los jueces consideraron que:
- No hubo una crítica concreta y razonada de la sentencia por parte de la demandada, sino meras expresiones generales.
- Los jueces deben atender las apreciaciones de los peritos, salvo que existan constancias que demuestren que están reñidas con principios lógicos o máximas de experiencia, lo que no ocurre en este caso.
- Respecto a la incapacidad física, el perito evaluó correctamente conforme a la Tabla de Evaluación.
- La fecha establecida para el cómputo de intereses es adecuada ante la inflación y siguiendo criterios normativos.
- Los honorarios fueron regulados dentro de los parámetros legales.

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