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GERZON, IGNACIO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y estableció que los intereses correrán a partir del 25/11/2016.

Intereses Honorarios Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Consolidacion del dano

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto al inicio del cómputo de los intereses, que serán a partir del 25/11/2016, y elevó los honorarios de la representación letrada del actor. El perito médico determinó que el actor presenta una lesión física y una desestabilización y perturbación emocional por la que le otorgó un 8% de incapacidad psicológica. La Cámara consideró válido el informe pericial y descartó la simulación alegada por la demandada. En cuanto al inicio de los intereses, la Cámara consideró que corresponde computarlos a partir de la consolidación del daño, es decir, desde el alta médica otorgada por la ART el 25/10/2016, más los 30 días posteriores.

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