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GAONA YEGROS, MARCOS ANTONIO c/ EMPRESA DE TRANSPORTES PEDRO DE MENDOZA S.A. s/DESPIDO

Trabajador accionó por despido luego de que la empresa se negara a otorgarle tareas livianas tras accidente. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y determinó que el despido fue injustificado, condenando a la empresa al pago de indemnizaciones.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El trabajador Marcos Antonio Gaona Yegros accionó contra Empresa de Transportes Pedro de Mendoza SA por despido luego de que la empresa se negara a otorgarle tareas livianas no conductivas tras un accidente laboral. La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y consideró que el despido fue injustificado. Destacó que si bien la empresa cuestionó la autenticidad del certificado médico aportado por el trabajador, surgia de la documental que este había sido revisado por el médico de la empresa, quien constató sus limitaciones. Señaló que correspondía a la empresa arbitrar los medios para obtener una tercera opinión médica y que, ante la disparidad de criterios, debía intentar reubicar al trabajador en otras tareas, lo que no hizo. Por ello, consideró ajustada a derecho la decisión resolutoria adoptada por el trabajador. Condenó a la empresa al pago de indemnizaciones por despido, multas y salarios adeudados.

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