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BAJUK BOHM, PABLO ESTEBAN c/ LATIN AMERICAN COMMUNICATION S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor reclamó indemnización por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y aumentó el monto de condena.

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Indemnización por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y elevó el monto de condena a $1.793.290,75. Consideró que el uso del automóvil y del teléfono celular otorgados por la empresa tenían carácter salarial, al igual que los gastos de colegio de los hijos del trabajador. Hizo lugar parcialmente al reclamo por el reintegro de los gastos de cobertura médica durante los 3 meses posteriores al despido. Principales fundamentos:
- La entrega de un automóvil y un teléfono celular al trabajador, así como la asunción de los gastos de colegio de sus hijos, constituyen elementos salariales.
- Los gastos de medicina prepaga abonados por la empresa son considerados "beneficios sociales" no remuneratorios, de acuerdo al art. 103 bis LCT.
- Correspondía hacer lugar al reclamo por el reintegro de los gastos de cobertura médica durante los 3 meses posteriores al despido, ante la falta de negativa categórica del empleador.

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