MENDEZ, NATALIA GABRIELA c/ SISTEMAS TEMPORARIOS S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La trabajadora demandó por despido contra su empleadora y la agencia de servicios eventuales. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando los honorarios de la representación legal de la trabajadora.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la decisión de primera instancia que consideró a Agrofina S.A. como empleadora real de la trabajadora, aplicando el art. 29 de la LCT. Confirmó también el incremento indemnizatorio por aplicación de la ley 25.323. Modificó la sentencia elevando los honorarios de la representación legal de la trabajadora.
Los principales fundamentos fueron:
- La Cámara consideró que no se acreditaron los requisitos para la contratación a través de la agencia de servicios eventuales, por lo que correspondía aplicar el art. 29 de la LCT.
- Respecto al incremento indemnizatorio, la Cámara entendió que se cumplían los recaudos legales, y que no correspondía hacer uso de la facultad de exoneración.
- En cuanto a los honorarios, la Cámara consideró que los fijados para la representación legal de la trabajadora resultaban exiguos, por lo que los elevó al 18% del monto total de condena.
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