MICOZZI, FABIANA ANDREA c/ AMG SALUD SRL Y OTROS s/DESPIDO
La actora demandó por despido y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a la aplicación de los intereses.
Despido
¿Qué se resolvió?
Se confirma que existió una relación laboral entre la actora y la demandada. Se modifica la sentencia en cuanto a la aplicación de los intereses, ordenando que se calcule conforme lo dispuesto en el voto de la Dra. García Vior. Se condena a la demandada a entregar los certificados del art. 80 LCT. Los jueces analizaron que la actora prestó servicios dentro de la estructura y establecimiento de la demandada, estando sujeta a su poder de dirección y organización, por lo que quedó acreditada la existencia de una relación laboral. Respecto a la determinación del salario, se desestimó el argumento de la actora de aplicar la presunción del art. 55 LCT, confirmando el cálculo realizado en base a la facturación. En cuanto a los intereses, la mayoría adhiere al método de cálculo establecido en el Acta 2764 de la CNAT, que dispone una capitalización periódica anual, por considerarlo más adecuado para recomponer el capital adeudado.
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