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GOMEZ, CINTIA TAMARA c/ FRARMA S.R.L. s/INDEMN. POR FALLECIMIENTO

La hija reclama indemnización por fallecimiento de su padre trabajador. La Cámara modifica la sentencia y condena a la empleadora al pago de dicha indemnización y otros créditos salariales.

Derechos sucesorios Indemnizacion por fallecimiento Seguro de vida obligatorio Salario adeudado

Indemnización por fallecimiento (art. 248 LCT), salarios adeudados, vacaciones, SAC y seguro de vida obligatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda, y hace lugar a la misma. Condena a la demandada al pago de la indemnización por fallecimiento, salarios adeudados, vacaciones, SAC y seguro de vida obligatorio, por un total de $71.726,07. Fundamentos principales:
- La actora, como hija del trabajador fallecido, tiene derecho a la indemnización del art. 248 LCT con sola acreditación del vínculo, sin necesidad de cumplir con los requisitos de la ley previsional.
- Los créditos salariales adeudados ingresan al patrimonio sucesorio del causante y la actora puede reclamarlos como continuadora de la persona del difunto.
- Corresponde condenar a la empleadora al pago del seguro de vida obligatorio previsto en el Decreto 1567/74, ante la falta de acreditación de haberlo contratado.

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