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SOTO, RICARDO NORBERTO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por secuelas de accidentes laborales. La Cámara modificó la sentencia y redujo los montos indemnizatorios por incapacidad psíquica, pero confirmó los correspondientes a las secuelas físicas.

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Indemnización por secuelas de accidentes de trabajo ocurridos el 30/06/15 y 13/11/15.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia. Respecto de la incapacidad psíquica, la Cámara consideró que no estaba debidamente acreditada. En cambio, confirmó los montos indemnizatorios por las secuelas físicas, determinando una incapacidad del 5,55% por el primer accidente y del 5,24% por el segundo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que el perito médico no analizó adecuadamente la personalidad previa del actor, tal como lo exige el baremo, para determinar si las reacciones psíquicas guardaban relación causal con los accidentes. Por el contrario, el informe pericial se limitó a remitirse al psicodiagnóstico, lo cual resulta insuficiente. En cambio, respecto de las secuelas físicas, la Cámara aplicó correctamente los porcentajes de incapacidad.

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