CABRAL LOPEZ, ROBERTO CESAR c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La parte actora apeló la sentencia que confirmó la resolución de la Comisión Médica que determinó que no posee incapacidad laboral derivada del siniestro. La Cámara confirmó la sentencia de grado al considerar que el recurso no cumple con los requisitos de fundamentación.
- Actor: Cabral López, Roberto César
- Demandado: Swiss Medical ART S.A.
- Objeto: Recurso contra la sentencia que confirmó la resolución de la Comisión Médica que determinó que el actor no posee incapacidad laboral derivada del siniestro.
- Decisión: La Cámara confirma la sentencia de grado al considerar que el recurso del actor no cumple con la debida fundamentación, limitándose a manifestar disconformidad sin argumentos técnicos que evidencien un error en la evaluación médica realizada. Señalan que la mera discrepancia con el resultado no es suficiente para modificar la decisión.
"Digo ello porque, amén de que comparto los fundamentos y conclusiones vertidos por el anterior Fiscal General, Dr. Eduardo O. Álvarez, en torno a la validez constitucional del recaudo previo en cuestión, en su Dictamen Nº 72.879, del 12 de julio de 2017, in re: "Burghi, Florencia Victoria c/ Swiss Medical ART SA s/ accidente – ley especial" -teniendo en cuenta, además, que en sentido concordante se ha pronunciado la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa "Pogonza, Jonathan Jesús c/ Galeno ART S.A. s/ accidente
- ley especial" (fallo del 2/9/2021)-".
"En tal sentido, la parte apelante objeta que no se haya considerado con amplitud el recurso en cuestión, invocando su garantía constitucional de acceso a la justicia, insistiendo con el padecimiento de una incapacidad causada por el siniestro otrora padecido, cuestionando incluso la omisión de consideración de una incapacidad psicológica –sin advertir que ello no ha sido reclamado al inicio (v. folio 2 del expediente ante la CM), ni en la descripción de las dolencias, ni en las observaciones, ni en otra parte del reclamo inicial con carácter previo a la apelación-, pero no explica los motivos técnicos que evidencien un yerro evaluativo o interpretativo en el análisis de grado sobre el dictamen médico producido en la SRT."
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