SIBEN, ERIKA GRISEL c/ AL TERGARTEN S.A. s/DESPIDO
La trabajadora demandó a la empleadora por despido incausado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo el monto de condena.
Despido incausado
¿Qué se resolvió?
Se modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto de condena a $638.362,39. Se dejó sin efecto la condena a la entrega de certificaciones del art. 80 LCT.
Fundamentos relevantes:
- La normativa dictada durante la pandemia por COVID-19 contempló un supuesto de imposibilidad de cumplimiento del deber de prestación por parte de la trabajadora, quien acreditó ser progenitora de hijos menores. Por ello, el despido efectuado resultó incausado.
- Se modificó la fecha de ingreso de la actora, tomando la registrada por la empleadora, al no considerar acreditada la fecha que la actora alegó.
- Se admitió la capitalización anual de intereses según lo establecido en el Acta 2764 de la CNAT y el art. 770 inc. b) del CCyCN.
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