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GODOY, ISAIAS ADRIAN c/ FRIGORIFICO BAJO CERO S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido y cobro de créditos laborales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

Intereses Despido Creditos laborales Responsabilidad de socios y administradores Presuncion de existencia de contrato de trabajo

Despido y cobro de créditos laborales

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El tribunal de grado tuvo por acreditada la relación laboral entre el actor y la demandada, basándose en el testimonio del testigo Sosa y en el informe del SAME que acreditó que el actor sufrió un accidente laboral en el establecimiento de la demandada. Esto activa la presunción del art. 23 LCT.
- Respecto al cuestionamiento de la condena al codemandado Pugliese con fundamento en la Ley de Sociedades, la Cámara desestimó el agravio, ya que quedó demostrada la falta de registración de la relación laboral, lo que activa la responsabilidad prevista en los arts. 59, 274 y 279 de la Ley 19.550.
- En cuanto a la tasa de interés, la Cámara dispuso que los créditos devenguen intereses desde el nacimiento de la obligación, de conformidad con las tasas dispuestas por el Acta 2630 y 2658 de la CNAT, hasta la notificación de la demanda, momento en el cual se capitalizarán, y el nuevo importe continuará devengando intereses hasta el efectivo pago.

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