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PEREYRA, EMILIANO MARTIN c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Trabajadores promovieron demanda por accidente de trabajo. La Cámara del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, con modificaciones en los honorarios profesionales.

Intereses Accidente de trabajo Honorarios profesionales Capitalizacion Creditos laborales

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, con modificaciones en los honorarios de la representación letrada de la parte actora y del perito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara unificó el criterio respecto a la tasa de intereses que corresponde aplicar a los créditos laborales y la interpretación del art. 770 inc. b) del CCyC. Resolvió que el crédito devengue intereses desde que cada suma fue debida, de conformidad con las tasas dispuestas por la CNAT hasta la notificación del traslado de la demanda, momento en el cual se procederá a su acumulación al capital.
- En cuanto a los honorarios, la Cámara consideró que los fijados por la jueza de primera instancia a la representación letrada de la parte actora y al perito eran reducidos, por lo que los elevó.

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