ORTI, GERMAN ANDRES c/ EXPERTA ART S. A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador accidentado reclama incapacidad por accidente laboral. La Cámara confirma el reconocimiento de incapacidad física pero rechaza incapacidad psicológica.
Reparación por accidente laboral sufrido el 07/09/2015 que le provocó traumatismo de tobillo derecho.
¿Qué se resolvió?
- Se confirma el reconocimiento de la incapacidad física derivada del accidente.
- Se rechaza el reclamo de incapacidad psicológica por no haber sido invocado en la demanda inicial y por no existir nexo causal con el hecho denunciado.
- Se confirma la aplicación de intereses desde la fecha del accidente, conforme al art. 2 de la Ley 26.773.
- Se confirman los honorarios de los profesionales intervinientes.
Fundamentos relevantes:
- El tribunal no puede apartarse de los términos en que quedó trabada la litis, por lo que no puede analizar un daño psíquico que no fue invocado en la demanda.
- La capitalización de intereses prevista en el art. 770 inc. b) del CCyC es una excepción a la regla general, aplicable al caso por tratarse de una deuda reclamada judicialmente.
- Los intereses deben computarse desde la fecha del accidente, conforme al art. 2 de la Ley 26.773.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: