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ORTI, GERMAN ANDRES c/ EXPERTA ART S. A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Trabajador accidentado reclama incapacidad por accidente laboral. La Cámara confirma el reconocimiento de incapacidad física pero rechaza incapacidad psicológica.

Intereses Honorarios Nexo causal Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Accidente laboral Capitalizacion

Reparación por accidente laboral sufrido el 07/09/2015 que le provocó traumatismo de tobillo derecho.

¿Qué se resolvió?


- Se confirma el reconocimiento de la incapacidad física derivada del accidente.
- Se rechaza el reclamo de incapacidad psicológica por no haber sido invocado en la demanda inicial y por no existir nexo causal con el hecho denunciado.
- Se confirma la aplicación de intereses desde la fecha del accidente, conforme al art. 2 de la Ley 26.773.
- Se confirman los honorarios de los profesionales intervinientes. Fundamentos relevantes:
- El tribunal no puede apartarse de los términos en que quedó trabada la litis, por lo que no puede analizar un daño psíquico que no fue invocado en la demanda.
- La capitalización de intereses prevista en el art. 770 inc. b) del CCyC es una excepción a la regla general, aplicable al caso por tratarse de una deuda reclamada judicialmente.
- Los intereses deben computarse desde la fecha del accidente, conforme al art. 2 de la Ley 26.773.

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