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TERRE, OLGA MARIA c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO RIO DE JANEIRO 801/27 s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido indirecto y se invocó hostigamiento en su lugar de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia que rechazó la demanda, al considerar que la actora no logró acreditar los hechos en los que fundó su decisión extintiva.

Danos Contradicciones Hostigamiento Pericia psiquiatrica Despido indirecto Personalidad del trabajador


- Actora: Olga María Terre

¿A quién se demanda?

Consorcio de Propietarios del Edificio Río de Janeiro 801/27

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido indirecto por hostigamiento y falta de adecuación de instalaciones

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda. Los jueces consideraron que la actora no logró acreditar los hechos que invocó para justificar su decisión de considerarse despedida. La pericia psiquiátrica determinó que la afección de la actora no guardaba relación con supuestos hostigamientos, sino con características de su personalidad previa. Además, se constataron contradicciones en los relatos de la actora. Por ello, se confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda.

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