OBREGON DAMIAN JESUS c/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que reconoció una incapacidad psicofísica parcial y permanente del 22,70% de la t.o.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que reconoció una incapacidad física del 12,70% y una incapacidad psicológica del 10% de la t.o.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La demandada no pudo cuestionar eficazmente la valoración de la incapacidad física del 12,70% realizada por el perito médico y validada por el juez de grado.
- Respecto a la incapacidad psicológica del 10%, la Cámara consideró que la demandada no aportó argumentos técnicos y científicos suficientes para cuestionar el dictamen pericial.
- Respecto al cómputo de intereses, la Cámara confirmó que deben regir desde la fecha del accidente, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 26.773.
- Los honorarios regulados a la representación letrada y peritos se consideraron adecuados.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: