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BRITEZ ENCISO, EDUVIGIS c/ LNP S.R.L. s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra su empleadora, una farmacia con laboratorio. La Cámara revocó parcialmente la sentencia y desestimó la aplicación del convenio colectivo reclamado por la actora.

Multa Despido Laboratorio Farmacia Liquidacion final Convenio colectivo Encuadramiento Actividad principal

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y determinó que la actividad principal de la demandada es la de una farmacia comercial minorista, por lo que corresponde aplicar el Convenio Colectivo de Trabajo de Empleados de Farmacia y no el reclamado por la actora correspondiente a Laboratorios de Especialidades Medicinales. No obstante, se mantiene la condena por los rubros correspondientes a la liquidación final adeudada y la multa del art. 80 LCT. Fundamentos principales:
- La Cámara analizó la actividad principal de la demandada en base a los registros oficiales, inspecciones y declaraciones testimoniales, concluyendo que se trata de una farmacia y no de un laboratorio industrial.
- Los convenios colectivos aplicables tienen ámbitos claramente diferenciados entre farmacia y laboratorio.
- No existen elementos suficientes que modifiquen el encuadramiento convencional de la farmacia de la demandada.

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