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PONCE, JOSE ANTONIO c/ MICROOMNIBUS CIUDAD DE BUENOS AIRES S.A. Y OTROS s/DESPIDO

El trabajador cuestionó la desestimación de sus pretensiones indemnizatorias, pero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia apelada por no acreditarse las injurias alegadas.

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Pretensiones indemnizatorias por despido

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el recurso de apelación del trabajador y se confirma la sentencia de primera instancia que desestimó sus reclamos. Los jueces consideraron que los agravios del trabajador no justificaban modificar lo resuelto previamente, ya que:
- No se acreditó la supuesta anomalía en el pago de viáticos de forma "clandestina" ni que el básico fuera inferior al convencional.
- Las injurias denunciadas por el trabajador no fueron probadas.
- En el sistema legal argentino no es admisible variar la causa del despido consignada en las comunicaciones respectivas, salvo que se denuncie una situación de clandestinidad laboral, lo cual tampoco ocurrió en este caso. Asimismo, los jueces consideraron equitativa la imposición de costas por su orden, en línea con el carácter alimentario de los créditos laborales y el principio de equidad.

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