RAMIREZ, DAIANA ELIZABETH c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora apeló sentencia que rechazó su demanda por reclamo derivado de la Ley 27.348. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y redujo los honorarios de la demandada, de la actora y del perito médico.
Recurso de apelación contra sentencia que rechazó demanda derivada de la Ley 27.348.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia. Impuso las costas por su orden y redujo sustancialmente los honorarios regulados a favor de la demandada, la representación letrada de la actora y el perito médico.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Teniendo en consideración la índole de las afecciones reclamadas y las particularidades del caso, correspondería modificar lo resuelto en grado en materia de costas e imponerlas por su orden (art. 68 C.P.C.C.)." "Los honorarios fijados en favor de la demandada, atendiéndose a la importancia, mérito y extensión de las tareas cumplidas en la etapa de ejecución, se exhiben elevados, por lo que deberán ser reducidos a 33.19 UMAs (equivalentes a $ 641.828,22.-, Ac. 19/23 C.S.J.N.), y los honorarios fijados en favor de la representación letrada de la parte actora también se exhiben elevados, por lo que deberán ser reducidos a 33.14 UMAs (equivalentes a $ 640.861,32.-, Ac. 19/23 C.S.J.N.)." "Asimismo, los emolumentos fijados en favor del perito médico, atendiéndose a la importancia, mérito y extensión de las tareas cumplidas, se exhiben altos, por lo que deberán ser reducidos a 7,55 UMAs (equivalentes a $146.001,90.-, Ac. 9/23 C.S.J.N.)."
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