UNION PERSONAL DE FABRICAS DE PINTURA Y AFINES R.A. c/ SANCHEZ OLIVARES, LUIS ALBERTO s/EJECUCION FISCAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica la sentencia y dispone que los intereses derivados de los créditos sindicales deben liquidarse de acuerdo a normativa específica.
¿Quién es el actor?
Unión Personal de Fábricas de Pintura y Afines R.A.
¿A quién se demanda?
Sánchez Olivares, Luis Alberto
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución fiscal de créditos sindicales
¿Qué se resolvió?
La Cámara modifica parcialmente la sentencia de primera instancia y ordena que los intereses de los créditos sindicales deben calcularse conforme a las resoluciones ministeriales aplicables a esta materia, las cuales desplazan la aplicación del art. 622 del Código Civil.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La ley 24.642 equiparó los créditos por aportes sindicales a los de la seguridad social, por lo que corresponde aplicar la normativa específica sobre intereses de este tipo de acreencias, y no los parámetros generales. La Cámara cita diversos precedentes de salas en similar sentido.
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