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FIGUEROA, PAULA KARINA c/ CUSPIDE LIBROS S.A. s/DESPIDO

La actora reclamó diferencias indemnizatorias por antigüedad y otras indemnizaciones. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando el monto de condena y dejando sin efecto la orden de entrega de certificaciones del art. 80 LCT.

Solidaridad Despido Antiguedad Indemnizaciones por despido Ley 25 323 Art 80 lct Cesion de personal

Diferencias indemnizatorias por antigüedad y otras indemnizaciones

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando el monto de condena a $1.192.847,75 y dejando sin efecto la orden de entrega de certificaciones del art. 80 LCT. Los fundamentos principales fueron:
- Se acreditó que la actora prestó servicios en forma sucesiva en las empresas Visor, Cinco Ediciones y Cúspide Libros, por lo que corresponde reconocer la continuidad laboral y la antigüedad desde diciembre de 2000.
- Procede el incremento indemnizatorio previsto en el art. 1° de la Ley 25.323.
- No corresponde la indemnización del art. 80 LCT, al no acreditarse la intimación fehaciente.
- Se confirma la tasa de interés aplicada, en línea con los criterios fijados por la CNAT.

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