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SANDIYU, MARIA FLORENTINA c/ VIZNO S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La empresa tabacalera recurrió la sentencia de primera instancia que condenó al pago de indemnizaciones por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión del tribunal inferior.

Intereses Costas Anatocismo Solidaridad Despido indirecto


¿Quién es el actor?

María Florentina Sandiyu
- Demandados: Vizno S.A. y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido indirecto

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a los demandados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La condena no es arbitraria dado que se basó en la rebeldía procesal del principal demandado, lo que lleva a tener por ciertos los dichos de la actora y a considerar legítimo el despido indirecto.
- La aplicación del art. 30 LCT a la empresa tabacalera es correcta, ya que ésta concesionó servicios que formaban parte de sus prestaciones a los trabajadores, siendo negligente al no exigir a la subcontratista el cumplimiento de las normas laborales.
- Los intereses fijados responden a la realidad económica y pueden ser determinados por los jueces, salvo norma específica que lo impida. El Tribunal se aparta de la interpretación maximalista del art. 770 CCCN realizada en el acta 2764/22 de la Cámara.
- Las costas se imponen a la recurrente por haber sido vencida.

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