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GOMEZ, ROMINA ANDREA c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La trabajadora reclamó indemnización por dos accidentes de trabajo. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció el método de cálculo de la actualización y los intereses aplicables.

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Indemnización por dos accidentes de trabajo ocurridos el 10/03/2014 y 07/10/2014.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que los capitales de condena ($78.465,39 y $68.419,24) deben incrementarse desde la fecha de cada accidente conforme a la variación del índice RIPTE, más un interés puro del 6% anual. Respecto al primer accidente, se debe deducir el pago parcial de $28.807,94 efectuado, imputando primero a intereses y luego a capital. Luego, el capital remanente seguirá actualizándose por RIPTE más 6% hasta la liquidación definitiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señaló que para actualizar las prestaciones dinerarias en casos como el presente, corresponde aplicar el régimen especial de valorización establecido por el decreto 669/2019, que establece un sistema de actualización basado en la evolución de los salarios (RIPTE), más un interés puro del 6% anual. Esto se corresponde con la noción de "deudas de valor" prevista en el Código Civil y Comercial.

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