CURARENGO, RUBEN OSVALDO c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia para aplicar intereses sobre el capital adeudado y elevar los honorarios profesionales.
¿Quién es el actor?
Rubén Osvaldo Curarengo
¿A quién se demanda?
Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Limitada y otro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma lo resuelto en primera instancia, pero modifica la sentencia para:
1) Disponer la aplicación de los intereses capitalizados desde la notificación de la demanda, conforme al art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial.
2) Elevar los honorarios regulados a la representación letrada de la parte actora y a la perita médica.
Los jueces fundaron su decisión en los siguientes aspectos:
- Respecto a la indexación del ingreso base, señalaron que la ley 27.348 prevé la actualización mes a mes de los salarios utilizando el índice RIPTE vigente al momento de cada uno de esos períodos. Por lo tanto, desestimaron el agravio del actor.
- En cuanto a los intereses, consideraron procedente aplicar una capitalización de intereses al momento de la notificación de la demanda, a fin de mantener incólume el valor del capital indemnizatorio y compensar la mora del deudor. Establecieron un límite máximo de actualización por IPC más tasa del 6% anual.
- Respecto a los honorarios, los elevaron por considerarlos bajos en relación al mérito e importancia de los trabajos realizados.
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