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SUAREZ MARIA FERNANDA c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor apeló la sentencia que hizo lugar a su demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó lo resuelto en primera instancia, aunque modificó el procedimiento de cálculo de intereses.

Capitalizacion de intereses Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Inconstitucionalidad Prestaciones


¿Quién es el actor?

María Fernanda Suárez

¿A quién se demanda?

Federación Patronal Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, pero modificó la forma de cálculo de los intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara señaló que las prestaciones deben calcularse sobre el salario que se debió haber cotizado al momento del siniestro, y no sobre el salario actual. Respecto a la inconstitucionalidad planteada del art. 12 de la Ley 24.557, la Cámara consideró que el planteo no brindaba argumentos suficientes para su procedencia. Adicionalmente, la Cámara estableció un procedimiento para la capitalización de intereses conforme al art. 770 del CCyC.

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