HERNANDEZ, MARCELO CESAR c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador reclamó por un accidente in itinere. La Cámara de Apelaciones redujo el porcentaje de incapacidad fijado en primera instancia y modificó los intereses a aplicar.
Accidente in itinere
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad al 8,96% (en lugar del 20% fijado previamente) y aplicando una nueva tasa de interés.
La Cámara consideró que:
- La existencia del accidente no fue cuestionada por la aseguradora.
- Sin embargo, el informe pericial no brindó elementos suficientes para atribuir una incapacidad psicológica al hecho.
- Respecto al factor "edad", consideró que no debe sumarse al déficit laborativo, ya que la norma establece que los tres valores a ponderar (edad, profesión y sexo) deben adicionarse.
- Fijó el capital indemnizatorio en $ 86.973, que devengará intereses desde la fecha del accidente aplicando las tasas sugeridas por la CNAT.
- Impuso las costas de alzada en un 70% a la demandada y 30% al actor.
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