Logo

FLEITA, JOSE MARTIN c/ PREFECTURA NAVAL ARGETINA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios.

Incapacidad Capitalizacion de intereses Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Perdida del valor adquisitivo

Prestaciones previstas en la ley 24.557 (Ley de Riesgos del Trabajo) por accidente de trabajo ocurrido el 14/11/2017

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y fijó la incapacidad psicofísica del trabajador en 23,6% de la total obrera, con un capital nominal de condena de $1.186.915,70.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La demandada reconoció el accidente y que fue calificado como "acto de servicio". Por lo tanto, se encuentra cubierto por la ley 24.557.
- El informe pericial médico estableció la relación causal entre las lesiones y el accidente, por lo que corresponde la indemnización.
- La aplicación de la fórmula de Balthazard o capacidad restante no procede en casos de lesiones múltiples por un mismo hecho, debiendo sumarse las incapacidades parciales.
- Corresponde aplicar la tasa de interés prevista en la ley 27.348, con capitalización única a la fecha de notificación de la demanda, para compensar la pérdida de valor de la moneda.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar