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ROMERO MARCOS JAVIER c/ TELECOM ARGENTINA SA. Y OTRO s/DESPIDO

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declara mal concedidos los recursos de apelación interpuestos por el actor y la demandada contra la sentencia de primera instancia, y confirma los honorarios regulados.

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El actor Marcos Javier Romero demandó a Telecom Argentina S.A. por despido. La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a la empleadora al pago de determinadas indemnizaciones. Tanto el actor como la demandada apelaron la sentencia. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declara que los recursos de apelación fueron mal concedidos, ya que el valor cuestionado no supera el mínimo establecido por el art. 106 de la Ley Orgánica para que una sentencia sea apelable. Asimismo, confirma los honorarios regulados en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El Tribunal de alzada tiene facultad para examinar la admisibilidad de los recursos, más allá de la conformidad de las partes.
- Según la jurisprudencia de la Sala, para determinar la apelabilidad no deben computarse los intereses, por ser accesorios a la condena principal.
- Dado que la diferencia entre lo reclamado y lo otorgado en primera instancia no supera el mínimo legal de 300 veces el derecho fijo, los recursos fueron mal concedidos.
- Los honorarios regulados a los profesionales se consideran acordes al resultado y a la tarea realizada.

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