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BENITEZ TROCHE, EDILSON c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El tribunal declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia de primera instancia.

Recurso de apelacion Honorarios Accidente laboral Ley 27 348 Monto apelable

Recurso ley 27.348

¿Qué se resolvió?

El tribunal declara mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la demandada, por considerar que el monto de la sentencia de primera instancia no supera el mínimo exigido por el art. 106 de la Ley Orgánica para ser apelable. Sin embargo, se hace lugar a la apelación en cuanto a los honorarios regulados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 106 de la Ley Orgánica establece que serán inapelables las sentencias cuando el valor cuestionado no supere las 300 veces el derecho fijo previsto en la ley 23.187.
- En este caso, el monto de la sentencia apelada no alcanza dicho umbral, por lo que el recurso debe declararse mal concedido.
- No corresponde incluir los intereses en el cálculo del monto para determinar la apelabilidad, ya que son accesorios de la condena.
- Sin embargo, se hace lugar a la apelación respecto de los honorarios regulados, por considerarlos adecuados.

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