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PELLEGRINO, MARIA NOELIA c/ GLAXOSMITHKLINE ARGENTINA S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido y daños derivados de una enfermedad profesional. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y confirmó parcialmente la condena contra la empleadora.

Intereses Danos y perjuicios Enfermedad profesional Despido Indemnizacion art 80 lct Acuerdo de extincion por mutuo acuerdo


¿Quién es el actor?

María Noelia Pellegrino

¿A quién se demanda?

Glaxosmithkline Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido y daños por enfermedad profesional

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, modificando algunos aspectos relativos a la indemnización y el cálculo de intereses. Principales fundamentos:
- Confirmó la validez del acuerdo de extinción por mutuo acuerdo entre las partes, al no haberse acreditado vicios de la voluntad.
- Consideró que corresponde el pago de la indemnización del art. 80 LCT, al configurarse el incumplimiento patronal de entregar los certificados de trabajo.
- Responsabilizó a la empleadora por los daños derivados de la enfermedad profesional padecida por la trabajadora, al acreditarse la nocividad de las tareas y la falta de capacitación.
- Modificó el cálculo de intereses, apartándose de lo decidido en el Acta 2764 de la CNAT y aplicando las tasas dispuestas en las Actas 2601, 2630 y 2658.

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