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GAMBINI GISELA ANALIA c/ TELECOM ARGENTINA S.A. s/DESPIDO

La trabajadora reclamó por despido y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, confirmándola parcialmente y aplicando intereses con capitalización periódica.

Intereses Costas Despido Certificado de trabajo Capitalizacion periodica Multa lct 80

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, confirmando la condena a Telecom por incumplimiento del art. 80 LCT. En cuanto a los intereses, si bien no compartió en su totalidad la aplicación del Acta 2764 CNAT, los modificó aplicando capitalizaciones periódicas. La Cámara señaló que el art. 80 LCT exige la entrega de un certificado de trabajo con determinados requisitos, los cuales no fueron cumplidos acabadamente por la empleadora. Por ello, confirmó la condena a abonar la multa prevista en dicha norma. En relación a los intereses, si bien la Cámara no compartió en su totalidad la aplicación del Acta 2764 CNAT por considerar que un acta de la Cámara no es el instrumento adecuado para interpretar una norma, modificó el criterio de la primera instancia aplicando capitalizaciones periódicas de los intereses, al entender que los jueces se encuentran habilitados no sólo a determinar la tasa de interés, sino también el modo en que debe aplicarse. En cuanto a las costas, la Cámara las impuso a la demandada, confirmando lo resuelto en la sentencia de grado.

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