BAEZ, NICOLAS MARIO c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó indemnización por incapacidad derivada de COVID-19. La Cámara de Apelaciones redujo el porcentaje de incapacidad a 5% por trastornos psicológicos, pero mantuvo el monto indemnizatorio determinado.
Indemnización por incapacidad derivada de COVID-19
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad al 5% por trastornos psicológicos, pero manteniendo el monto indemnizatorio de $439.539,67 con intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Si bien el actor no posee incapacidad física actual, corresponde fijar un 5% de incapacidad psicológica por el temor y limitación sufridos a raíz de la enfermedad.
- El monto indemnizatorio se calcula sobre el 5% de incapacidad y el IBM de $93.391,91.
- Se confirma la procedencia de la indemnización por ley 26.773 y los intereses desde la fecha del infortunio.
- Se deja sin efecto la imposición de costas y regulación de honorarios de primera instancia, imponiéndose las costas a la demandada y regulándose nuevos honorarios.
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