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PALLAS, JIMENA BELEN c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/RECURSO LEY 27348

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y elevó el monto de la indemnización por incapacidad psicofísica derivada de un accidente de trayecto.

Intereses Incapacidad psicofisica Pericia medica Actualizacion de indemnizacion Accidente de trayecto

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La trabajadora Jimena Belén Pallas demandó a su empleadora Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Limitada por una incapacidad derivada de un accidente de trayecto.
- El Juez de Primera Instancia reconoció una incapacidad física del 5% pero rechazó la incapacidad psicológica del 10% determinada por el perito.
- La trabajadora apeló. La Cámara modificó la sentencia y reconoció una incapacidad psicofísica del 15%, compuesta por un 5% de incapacidad física y 10% de incapacidad psíquica.
- La Cámara fundó que el perito médico, si bien se apoyó en el informe psicodiagnóstico, dio razones y fundamentos propios para concluir en la incapacidad psíquica de la trabajadora. Consideró que los test psicológicos brindan información del estado psíquico de la persona.
- En cuanto a intereses, la Cámara aplicó la actualización por el índice RIPTE y luego una tasa de interés puro del 6% anual.

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