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PLISKA, MARIANA SOLEDAD c/ ECCOTEC S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

La actora demandó por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la relación laboral y la procedencia de las indemnizaciones, pero modificó el cálculo de los intereses.

Intereses Relacion laboral Despido Indemnizacion agravada Horas extras Falta de registracion


¿Quién es el actor?

Mariana Soledad Pliska

¿A quién se demanda?

Eccotec S.R.L. y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo, salvo en lo relativo al cálculo de los intereses, que fueron modificados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que la demandada no logró desvirtuar la presunción de relación laboral del artículo 23 de la LCT, a pesar de que la actora era una profesional.
- Respecto a las horas extras, la Cámara consideró suficiente el testimonio de los testigos para acreditar la realización de trabajo en exceso de la jornada legal.
- La Cámara también confirmó la procedencia de la indemnización agravada del artículo 178 LCT y la sanción del artículo 15 de la Ley 25.323, por la falta de registración de la relación laboral.
- En cuanto a los intereses, la Cámara aplicó el criterio establecido en el Acta 2783/2784 de 2024 de la CNAT, con la posibilidad de ajuste posterior según lo dispuesto en el artículo 771 del Código Civil y Comercial.

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