Logo

RODAS, MARIA LORENA c/ TOTAL DEPORTES S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido discriminatorio y diferencias salariales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y condenó a los demandados al pago de una indemnización por daño moral, reconoció la sanción conminatoria prevista en el art. 132 bis LCT y revocó la responsabilidad solidaria de Argentimo S.A.

Dano moral Responsabilidad solidaria Diferencias salariales Despido discriminatorio Sancion conminatoria


¿Quién es el actor?

María Lorena Rodas
- Demandados: Total Deportes S.A., Argentimo S.A., Sports Family S.A., Gustavo Alejandro Blanstein y María Laura Blanstein

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido discriminatorio y diferencias salariales

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se reconoció el daño moral por despido discriminatorio, se admitió la sanción conminatoria del art. 132 bis LCT y se revocó la responsabilidad solidaria de Argentimo S.A.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El despido de la trabajadora durante su licencia médica por enfermedad psiquiátrica configura un acto discriminatorio que amerita la indemnización por daño moral.
- No se acreditó la percepción irregular de comisiones que la trabajadora reclamaba.
- Argentimo S.A. no integró la unidad técnica de ejecución con las otras demandadas, por lo que no corresponde su responsabilidad solidaria.
- Procede la sanción conminatoria del art. 132 bis LCT por los aportes retenidos y no ingresados.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar