CHOQUE, VICTOR NOLBERTO c/ COTO C.I.C. S.A. s/DESPIDO
La pretensión del actor por despido indirecto es rechazada, al confirmarse que no se configuraron los supuestos de intermediación fraudulenta denunciados.
Despido indirecto por intermediación laboral fraudulenta
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la demanda, confirmando la sentencia de primera instancia que consideró que no se probaron los supuestos de intermediación y subcontratación alegados por el actor. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VI, consideró que el actor no acreditó las circunstancias de hecho que configurarían una relación de empleo directo con Coto C.I.C. S.A, ni tampoco logró probar la intermediación fraudulenta denunciada según los artículos 29 y 30 de la LCT. Los testimonios recabados tampoco corroboraron los hechos alegados por el trabajador. Por ello, se confirmó el rechazo de la pretensión inicial.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: