VALLEJOS, JOAQUIN c/ FRIOLIM S.A. Y OTRO s/DESPIDO
Trabajador promovió demanda por despido contra empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, condenando a la empresa a abonar la indemnización prevista por el art. 80 LCT.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma lo resuelto en primera instancia, excepto que modifica la sentencia para condenar a la demandada a abonar la indemnización prevista en el art. 80 de la LCT.
Los principales fundamentos de la Cámara fueron:
- Respecto a la prueba pericial caligráfica, se consideró que el informe fue serio, objetivo y debidamente fundado, por lo que se desestimó el agravio del actor.
- En cuanto a la fecha de ingreso, la Cámara consideró que el actor no logró acreditar haber ingresado en una fecha anterior a la registrada por la empleadora.
- Sin embargo, la Cámara hizo lugar al agravio sobre la indemnización del art. 80 LCT, al considerar que la documentación acompañada por la demandada evidenciaba que los certificados previstos por dicha norma no se encontraban oportunamente a disposición del trabajador.
- Por último, la Cámara dejó sin efecto la condena a abonar los rubros "SAC proporcional" y "Vacaciones proporcionales", al considerar que ya habían sido abonados por la demandada.
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