SEGOVIA JOSE LUIS c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó el cálculo del capital de condena conforme al régimen especial de valorización establecido por el decreto 669/2019.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que el capital de condena sea incrementado conforme al régimen especial de valorización establecido por el decreto 669/2019. Confirmó la imposición de costas a la demandada y la regulación de honorarios.
Fundamentos principales:
- La ley 20.091 remite al régimen general de concursos y quiebras, cuyo art. 129 (modificado por la ley 26.684) exceptúa de la suspensión de intereses a los créditos laborales. Por lo tanto, corresponde el cálculo de intereses hasta el efectivo pago.
- Respecto a la aplicación del decreto 1022/2017, la norma fue dictada con posterioridad a la declaración de liquidación de la ART involucrada, por lo que no resulta aplicable al caso.
- En cuanto a la aplicación del Acta CNAT 2764/22, corresponde aplicar el régimen especial de valorización establecido por el decreto 669/2019, que mejora las prestaciones. El capital de condena debe incrementarse desde la fecha del accidente conforme a la variación del índice RIPTE y adicionarle un interés puro del 6% hasta la liquidación definitiva.
- En cuanto a las costas e intereses, se imponen a la demandada vencida y se regulan los honorarios de las partes.
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