DIAZ, CLAUDIA BEATRIZ Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE SEGURIDAD POLICIA FEDERAL- s/INDEMN. POR FALLECIMIENTO
Los actores obtuvieron sentencia favorable en primera instancia que condenó a la Policía Federal por el fallecimiento del trabajador. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión al considerar que los miembros de las fuerzas de seguridad están amparados por la Ley de Riesgos del Trabajo.
Indemnización por fallecimiento del trabajador Carlos Alberto Rostirolla
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Policía Federal calificó el fallecimiento como ocurrido "en y por acto del servicio", por lo que corresponde la aplicación de la Ley de Riesgos del Trabajo.
- La jurisprudencia ha establecido que los miembros de las fuerzas de seguridad no quedan excluidos de la protección de la Ley de Riesgos del Trabajo.
- La validez constitucional de la Ley de Riesgos del Trabajo no ha sido cuestionada, por lo que no existen fundamentos para dejar al personal de la Policía Federal al margen de su aplicación.
- La tercera citada, Prevención ART, carece de legitimación pasiva dado que el fallecido no se encontraba en su nómina de asegurados.
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